Política

Actos anticipados de campaña solo se pueden denunciar durante el proceso electoral

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 Gabriela Godínez García

 

El director jurídico de del Instituto Electoral y de Participacion Ciudadana del Estado de Jalisco (IEPC), Tlacael Jiménez Briseño explicó a Informarte que son los actos anticipados de campaña, aclarando que en este momento hacer denuncias tan solo serviría como recurso en el momento en que inicie oficialemente el proceso electoral local.

Un acto anticipado, como su nombre lo indica es antes de algo, en este caso existen dos vertientes en que es antes de la precampaña y el que es antes de la campaña, sin embargo desde hace muchos años se ha acuñado la frase “Del que se mueve no sale en la foto”, tomando esta máxima como señal de que necesitaban darse a conocer.

Recordó que en el periodo de Vicente Fox desde que estaba como gobernador de Guanajuato se encontraba en campaña desde ese momento, conociéndolo como  el gobernador viajero, desde ese momento los legisladores se dieron cuenta de  que no solo eran actos de precampaña, por lo que hubo necesidad de reformar las leyes para determinar la regulación de estos actos previos.

Señaló que a pesar de tener reglas estrictas, esto no significa que los actores que tengan aspiraciones políticas no se adelanten realizando actos que podrían ser considerados como actos anticipados de precampaña o campaña, acciones que dijo el funcionario electoral están mal vistos por la ciudadanía, que es cuando se enfrascan los partidos en una lucha de uno contra el otro , infringiendo las normas.

Jiménez Briseño añadió que la legislación electoral prevé cuáles son los actos que se podrían considerar como violatorios, sin embargo existen algunos requisitos fundamentales para considerarse como tales: el principal es estar dentro de una contienda, que exista un plan de trabajo, sin lo anterior en este momento las quejas o denuncias no prosperan, debido a que no se configuran los elementos en cuestión.

Sin embargo los partidos políticos podrán recavar las pruebas para que en el momento que  se encuentren oficialmente dentro de la contienda interna para lograr la candidatura o en la etapa constitucional de campaña,  las  puedan presentar ante el organismo electoral local y que demuestren que su oponente realizo actos anticipados, sin embargo dijo, existe una gran falta de conocimiento de la legislación y muchos temas se manejan de manera mediática, puntualizó.

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