Gabriela Godínez García
Jalisco se encuentra en medio de una batalla legal y política por la tarifa transporte público, mientras el Congreso del Estado y miles de ciudadanos exigen un referendum derogatorio para frenar el incremento de la tarifa a $14 la sombra de intentos pasados como el de César Barba Delgadillo, vuelve a la mesa del debate, un recordatorio de los obstáculos institucionales que enfrenta la participación ciudadana.
Esta semana el bloque opositor en el Poder Legislativo aprobó solicitar formalmente al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) la activación de un referéndum.
Cabe señalar que existe una solicitud de
referéndum derogatorio, donde según el portal del IEPC donde ha superado 300% de las firmas requeridas acumulando más de 1000 apoyos con una meta inicial de 3 mil 369; donde los diputados citaron a comparecer a los secretarios de Transporte y Hacienda para el próximo 22 de enero, cuestionando no solo el precio, sino la opacidad el manejo de la tarjeta Única y la empresa Broxel.
Es importante señalar que la actual solicitud guarda similitud histórica con la presentada por César Barba Delgadillo, quién entonces era presidente de la Federación de Estudiantes Universitarios (FEU) de la Universidad de Guadalajara en el 2008.
Barba Delgadillo, promovió un referéndum derogatorio contra el aumento a tarifa autorizado por el entonces Gobernador del Estado, Emilio González Márquez; sin embargo, el desenlace no fue a favor de la ciudadanía, pues a pesar de reunir más de 147 mil firmas el Instituto Electoral de aquella época deshecho la solicitud basándose en una proyección estadística que inválido miles de rúbricas. El caso llegó hasta el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) donde se reconoció que el tema era de naturaleza electoral pero finalmente el mecanismo no se concreto por tecnicismos legales.
Con este intento se evidenció la dificultad de usar el referéndum frente a decisiones que el gobierno clasifica como actos administrativos o contributivos.
El actual gobierno del Estado encabezado por Pablo Lemus Navarro argumento, que
el referéndum es jurídicamente improcedente citando el artículo 42 de la Ley de Participación Ciudadana, el cual prohíbe someter la consulta temas de carácter contributivos impuestos derechos o tarifas.
Señalan que la tarifa es un acto administrativo, no un decreto o reglamento por lo que no cumple con los requisitos para ser sometido a referéndum.
